lunes, 6 de febrero de 2012

V Convenio....

V CONVENIO MARCO ESTATAL DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS DEPENDIENTES Y DESARROLLO DE LA
PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL


http://www.inforesidencias.com/docs/V_convenio_colectivo.pdf

.-El presente convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2008 y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011.

Pag. 5

Artículo 14. Clasificación Profesional.

Se establecen los grupos profesionales, según el nivel de titulación, cualificación, conocimiento o experiencia exigido para su ingreso. En virtud de la tarea a realizar y de la idoneidad de la persona, cuando no se crea necesario la exigencia de titulación, el contrato determinará el grupo en el cual se tiene que integrar la persona contratada de acuerdo con los conocimientos y las experiencias necesarias con relación a las funciones a ejercer.

Grupo A: Gerente, Administrador y Titulado Superior.
Grupo B: Titulado Medio y Gobernante
Grupo C: Personal técnico y personal auxiliar
Grupo D: Personal subalterno y personal no cualificado

P.D. Interesante...pero se supone que acabó el 31 de diciembre...

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